CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN Y ENTREGA DE I.SAFE MOBILE GMBH

I. Ámbito de aplicación y perfeccionamiento del contrato

1. Las presentes condiciones generales de contratación y entrega (en lo sucesivo: «CGC») se aplican a todos los productos y servicios de i.safe MOBILE GmbH (en lo sucesivo,  «proveedor») siempre que para determinadas entregas no se apliquen condiciones especiales. Las condiciones generales de contratación del cliente solo serán aplicables si han sido aceptadas por escrito por el proveedor.  Los acuerdos adicionales requerirán la forma escrita. Los contratos solo se perfeccionarán mediante una confirmación del pedido por escrito o remitida electrónicamente por el proveedor. Hasta entonces las ofertas del proveedor no serán vinculantes siempre que no tengan un plazo determinado.

2. En caso de relaciones comerciales permanentes con un empresario (artículo 14 del Código Civil alemán), las presentes CGC serán parte integrante del contrato, en su versión vigente en cada momento, aunque no se haya hecho referencia expresa a las mismas.

3. Las presentes CGC solo se aplicarán frente a empresarios (artículo 14 del Código Civil alemán). Por empresario se entenderá toda persona física o jurídica o sociedad personalista con capacidad jurídica que al celebrar un negocio jurídico actúa en ejercicio de su actividad comercial o profesional independiente.


II. Suministro, transmisión del riesgo y retraso en la entrega

1. El plazo de entrega comenzará con la celebración del contrato y la aclaración completa del tipo y alcance de las entregas o servicios.

2. Si el suministro o la entrega de los bienes o servicios se retrasa por causas imputables al cliente, o si el cliente se retrasa en la aceptación por otros motivos, el riesgo se transmitirá al cliente, a más tardar, desde ese momento.

3. En caso de retrasos en el suministro por causa de fuerza mayor u otras no imputables al proveedor, el plazo se ampliará como mínimo por el periodo de tiempo que haya durado el retraso en la entrega.

4. Las penas convencionales por retrasos en la entrega solo serán válidas si se acordaron previamente por escrito.

5. El cliente no podrá rechazar la aceptación de bienes y servicios por defectos de poca importancia. Si el cliente rechaza la aceptación de bienes por vicios o daños evidentes, el cliente deberá documentarlos de manera gráfica y por escrito e informar inmediatamente al proveedor sobre dichos hechos. Se admiten las entregas parciales, siempre que no se haya acordado otra cosa por escrito. Si el cliente no excluye explícitamente las entregas parciales, no podrá rechazar la aceptación de entregas parciales.

6. Las exportaciones de bienes desde Alemania podrán estar sujetas a autorización. El deber de entrega del proveedor será de aplicación a reserva de la existencia de tal autorización. Cuando una exportación esté sujeta a autorización, será responsabilidad del expedidor obtenerla.

7. El suministro se realizará EXW Lauda-Königshofen (última versión de Incoterms), siempre que no se haya acordado otra cosa expresamente. Cuando el proveedor esté obligado a enviar el bien, tendrá derecho a determinar el tipo y el modo de envío. A petición del cliente, se contratará un seguro de transporte para el bien; los costes correspondientes correrán a cargo del cliente.

8. El riesgo se transmitirá al cliente de acuerdo con los Incoterms acordados, también en el caso de entregas parciales.


III. Garantía

1. El proveedor garantiza que, en el momento de la transmisión del riesgo, el bien está libre de defectos materiales y de fabricación, así como que tiene las propiedades garantizadas contractualmente. En el momento de la recepción, el cliente deberá inspeccionar inmediatamente la mercancía para comprobar la existencia de posibles vicios y sus características.  En el caso de vicios evidentes, estos deberán ser comunicados al proveedor por escrito en un plazo de 10 días naturales a partir de la entrega. En caso de infracción de la obligación de inspección y reclamación, el suministro se considerará aceptado en lo que respecta al vicio en cuestión.

2. El periodo de garantía para todos los dispositivos electrónicos será de 24 meses a partir de la fecha de entrega, a menos que el proveedor responda de forma ilimitada en virtud de las disposiciones legales imperativas o de las presentes CGC y siempre que el cliente sea también el usuario final de la mercancía. El periodo de garantía de los accesorios o piezas de desgaste, como las baterías o los accesorios de carga, será de 6 meses. Si la mercancía no fue vendida directamente al usuario, sino a un intermediario u otro socio comercial, el periodo de garantía comenzará después de la reventa al usuario final, pero a más tardar 3 meses después de la primera entrega por parte del proveedor. El cliente estará obligado a almacenar la mercancía de acuerdo con las instrucciones de seguridad del proveedor y, en caso de duda, preguntar al proveedor sobre el almacenamiento adecuado. En caso de reclamaciones, la fecha de compra deberá acreditarse mediante una factura que identifique claramente el aparato mediante el número de serie o el número IMEI. La garantía no cubrirá el desgaste normal. La garantía se extinguirá si el cliente o el usuario modifica, abre o manipula indebidamente la mercancía entregada.

3. Durante la vigencia de la garantía, el proveedor tendrá derecho a realizar dos reparaciones gratuitas. Se permite una sustitución parcial o completa de las mercancías.


IV. Responsabilidad

1. En caso de dolo o negligencia grave, el proveedor responderá con arreglo a las disposiciones legales.

2. Los perjuicios ocasionados por el proveedor a causa de negligencia leve solo serán indemnizados cuando se trate de la infracción de una obligación esencial cuyo incumplimiento ponga en peligro la consecución de la finalidad contractual y/o cuyo cumplimiento permita la correcta ejecución del contrato y en cuyo cumplimiento el cliente pueda confiar de manera regular (obligación cardinal). En tal caso, la responsabilidad del proveedor se limitará a los daños que el proveedor podía esperar razonablemente que se pudieran causar en el momento de la celebración del contrato habida cuenta de las circunstancias que conocía en ese momento y de la naturaleza de los acuerdos contractuales.

3. Por la pérdida o el daño de datos y su reparación, el proveedor solo responderá si dicha pérdida o daño no hubiera podido ser evitado por el cliente mediante la aplicación de medidas adecuadas de protección de datos.

4. Las anteriores exclusiones y limitaciones de responsabilidad se aplicarán también a los empleados, representantes, órganos y auxiliares del proveedor, así como a otros terceros de los que se sirva el proveedor para la ejecución del contrato.

5. Los casos de responsabilidad legal obligatoria (por ejemplo derechos de indemnización por daños y perjuicios con arreglo a la ley alemana de responsabilidad por productos) y la responsabilidad derivada de daños por lesiones a la vida, la integridad física o la salud quedan excluidos de las anteriores limitaciones de responsabilidad.

6. El reparto de la carga de la prueba procesal no se verá afectado por esta disposición.


V. Precio y pago

1. Siempre que no se haya acordado otra cosa, se aplicarán los precios del catálogo del proveedor vigentes en el momento del suministro.

2. Los precios son EXW Lauda-Königshofen (Incoterms última versión), incluido el embalaje estándar, sin seguro, más el IVA aplicable en cada momento.

3. El proveedor aplicará el siguiente procedimiento estándar con respecto a las condiciones de pago del cliente: las condiciones de pago dependerán de la solvencia del cliente. El proveedor comprobará la solvencia mediante una consulta en línea a una aseguradora de crédito reconocido. Cuando la comprobación de crédito sea positiva, las condiciones de pago serán de 30 días netos a partir de la fecha de la factura. Cuando el importe total de las facturas pendientes de pago se acerque al límite de crédito propuesto por la aseguradora, los suministros posteriores que impliquen que el saldo de la cuenta del cliente con el proveedor supere el límite de crédito se realizarán previo pago por adelantado. 

4. Sin autorización previa y por escrito del proveedor, no cabrá la cesión a terceros de los créditos frente al proveedor.

5. El cliente solo podrá compensar aquellos créditos que no sean discutidos o que hayan sido reconocidos en sentencia firme.

6. El proveedor tendrá derecho a suspender un suministro, cuando en operaciones con el extranjero posibles turbulencias de divisas ocasionen perjuicios al proveedor superiores al 10%.

7. En caso de mora en el pago, el cliente deberá intereses de demora de 9 puntos porcentuales sobre el tipo de interés básico del BCE aplicable en cada momento.


VI. Reserva de dominio

1. Los bienes serán propiedad del proveedor hasta su pago íntegro y deberán ser devueltos por el cliente si el proveedor rescinde el contrato.

2. El cliente no tendrá derecho a pignorar o transferir como garantía las mercancías bajo reserva de dominio. El cliente solo podrá revender la mercancía bajo reserva en el marco del curso ordinario de los negocios.  En caso de reventa, el cliente cede en este acto todos los derechos resultantes frente a sus compradores, por su importe total, como garantía del crédito del proveedor. El proveedor acepta esta cesión. 

3. El cliente podrá cobrar en su nombre y riesgo los créditos cedidos por cuenta del proveedor mientras no se revoque esta autorización. El derecho del proveedor a cobrar por sí mismo estos créditos no se verá afectado.

4. El cliente notificará de inmediato al proveedor cualquier acceso por parte de terceros a la mercancía bajo reserva o a los créditos cedidos al proveedor e informará a los terceros de los derechos del proveedor.

5. Si el cliente incurre en mora, total o parcial, con respecto a uno o varios pagos, si suspende pagos o si se solicita la apertura de un procedimiento de insolvencia sobre su patrimonio, el cliente dejará de poder disponer de las mercancías bajo reserva de dominio.

6. Las mercancías bajo reserva de dominio propiedad del proveedor deberán ser aseguradas por el cliente contra daños, destrucción y pérdida. Los derechos derivados de de estos seguros serán cedidos al proveedor.


VII. Derechos de propiedad intelectual e industrial

1. El proveedor se reserva todos los derechos de dominio y de propiedad intelectual e industrial existentes, así como su know-how en todos los documentos de oferta, así como en todos los documentos e informaciones que el cliente recibe del proveedor en el contexto del proceso de venta y suministro.

2. El proveedor se reserva el derecho de propiedad intelectual sobre los documentos proporcionados por él. La publicación y la difusión, incluida la parcial, solo se permitirá con la autorización por escrito del proveedor.

3. Cuando el objeto del contrato consista en la cesión de productos de software o de paquetes de software/hardware, se aplicará lo siguiente:

a. Salvo que se haya acordado otra cosa, el proveedor otorgará al cliente derechos no exclusivos de uso sobre el software o el producto de software, limitados temporalmente al periodo de uso indicado en el pedido/la licencia, y espacialmente al territorio de la República Federal de Alemania. Estos incluyen el derecho de almacenar, cargar y ejecutar el software, así como de reproducirlo para dichos fines. Siempre que el número de instalaciones y usos simultáneos no esté acordado expresamente, el uso estará limitado a una instalación ejecutable. Los artículos 69d y 69e de la Ley alemana de derechos de autor no se verán afectados.

b. En caso de que los productos de software del proveedor contengan software de fuente abierta y se transmitan al cliente, el proveedor, no obstante lo dispuesto en el anterior punto VII.3.a, solo creará las condiciones para que el cliente pueda adquirir derechos de uso según las condiciones de licencia de fuente abierta pertinentes del autor/desarrollador del software de fuente abierta. En dicho caso no se producirá una cesión de derechos de uso por parte del proveedor al cliente. Se advierte al cliente de que la transmisión de software, también dentro el grupo de empresas, que contiene componentes de fuente abierta implica la obligación de cumplir las condiciones de licencia de los correspondientes componentes de fuente abierta. Esto incluye suministrar regularmente textos de licencia, notas de copyright y modificación, así como, en su caso, proporcionar códigos fuente si las condiciones de la licencia de los componentes de fuente abierta en cuestión así lo establecen.

c. Los productos de software del proveedor pueden estar protegidos por derechos de propiedad intelectual o por otras leyes y convenios sobre la protección de la propiedad inmaterial. El proveedor se reserva los derechos de propiedad intelectual y otros derechos afines que le correspondan sobre el producto de software; solo se otorgarán derechos para el uso del producto de software en cuestión dentro del alcance acordado. En caso de duda, el proveedor se reserva todos los demás derechos que vayan más allá del alcance de uso regulado. En particular, el cliente no tendrá derecho a alquilar o a conceder sublicencias de otro tipo a favor de terceros sobre el software adquirido, a reproducirlo públicamente por cable o de forma inalámbrica o a hacerlo accesible o ponerlo a disposición de terceros de forma gratuita u onerosa, por ejemplo, mediante Application Service Providing (prestación de servicios de aplicación) o como Software as a Service (software como servicio). El derecho del cliente a revender la copia del programa obtenida mediante una transacción de compra a un tercero, renunciando a su propio derecho de uso del software, no se verá afectado. El copyright, números de serie u otras marcas que sirvan para la identificación presentes en el producto de software no deberán ser eliminadas o alteradas.


VIII. Almacenamiento de datos

Acceda aquí a la política de privacidad del proveedor.


IX. Jurisdicción y ley aplicable

1. Los pedidos realizados al proveedor se regirán exclusivamente por el Derecho sustantivo alemán, con exclusión de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías (CISG).

2. Si el cliente es un comerciante, la jurisdicción competente exclusiva para todas las disputas resultantes directa o indirectamente de la relación contractual será la del domicilio del proveedor. No obstante, el proveedor también podrá demandar al cliente en su domicilio.

 

X. Cláusula de salvaguarda

En caso de que alguna de las anteriores disposiciones sea o resulte ser ineficaz, ello no afectará a la validez del resto del clausulado. En lugar de la disposición ineficaz, las partes contratantes acordarán aquella norma que más se aproxime a la finalidad económica del contrato y mejor proteja los intereses de ambas partes.

 

Versión del 1 de enero del 2023

 

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